A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Maira Alejandra Rodríguez Jiménez Representante Legal De La Asociación Alianza Agrícola Del Caribe·Respondent Sociedad De Activos Especiales -Sae
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Dibulla (La Guajira) y el Juzgado 5 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Riohacha.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que el primer despacho rechazó la solicitud de amparo con base en las normas de simple reparto establecidas en el numeral 2º del artículo 1º del Decreto 333 de 2021.
Dicha autoridad sostuvo que la competencia recaía en los juzgados administrativos de Riohacha porque la entidad accionada era del orden nacional, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Dibulla para que, de forma inmediata, continúe con el trámite y profiera la decisión a que haya lugar.
Se le hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, observe con estricto rigor las normas sobre competencia en materia de tutela, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 6 de junio de 2025 por el Juzgado Promiscuo Municipal de Dibulla, dentro del expediente ICC-5048.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5048 al Juzgado Promiscuo Municipal de Dibulla para que, de forma inmediata, continúe con el trámite y profiera la decisión a que haya lugar en relación con la acción de tutela interpuesta por la Asociación de Campesinos Alianza Agrícola del Caribe en contra de la Sociedad de Activos Especiales S.A.S. - SAE.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Dibulla que, en lo sucesivo, observe con estricto rigor las normas sobre competencia en materia de tutela, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a las autoridades judiciales involucradas.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.